Mi empleada tiene Sisbén: ¿debo pagarle EPS?
Conoce cuándo una empleada por días puede permanecer en el régimen subsidiado y cuándo debe cotizar al régimen contributivo.
Leer la guíaEjemplo 2026 de pago mensual, planilla y provisiones para una empleada doméstica que trabaja 3 día(s) por semana.
Consulta de fuentes: 2026-09-25. Verifica cambios posteriores antes de aplicar.
Antes de aplicar un cálculo: confirma fechas, bases y condiciones de tu caso. Los ejemplos no son una cotización ni una liquidación real.
Este ejemplo ayuda a construir un presupuesto para una empleada que trabaja 3 día(s) por semana. No reemplaza el cálculo del calendario real: algunos meses tienen más jornadas, pueden existir ausencias, recargos o un valor diario pactado superior.
Se utiliza el salario mínimo 2026, auxilio de transporte y descanso semanal proporcional. El pago diario de referencia es $76.394 y se usa un promedio de 4,33 semanas por mes, equivalente a aproximadamente 12.99 jornadas mensuales.
$76.394 × 12.99 jornadas da un pago bruto mensual aproximado de $992.357. El valor real debe calcularse con las jornadas efectivamente pactadas y trabajadas en cada mes.
Con aproximadamente 12.99 días al mes, el caso suele ubicarse en el rango de 8 a 14 días. La tabla UGPP 2026 arroja una planilla total de referencia de $184.230. De ese total, cerca de $35.018 corresponde al aporte de pensión de la trabajadora y puede descontarse del salario; el resto es costo del empleador.
Una provisión orientativa para prima, cesantías, intereses y vacaciones sería de aproximadamente $212.171 mensuales. No significa que debas entregar esa suma todos los meses: sirve para reservar dinero para los vencimientos o la terminación.
| Concepto | Referencia mensual |
|---|---|
| Pago bruto por jornadas | $992.357 |
| Aportes aproximados a cargo del empleador | $149.212 |
| Provisiones laborales | $212.171 |
| Total económico estimado | $1.353.739 |
No se incluye dotación, recargos, honorarios de gestión ni contingencias.
El costo cambia si el pago diario es superior, si el número real de jornadas modifica el rango de cotización, si no corresponde auxilio de transporte, si hay recargos o si la trabajadora deja de cumplir las condiciones del esquema parcial.
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Es útil para presupuestar, pero la nómina y PILA deben basarse en el calendario y las novedades reales.
No. Seguridad social y prestaciones son obligaciones diferentes.
El empleador paga la planilla, pero puede descontar del salario la porción legal de pensión de la trabajadora.
Contenido educativo para Colombia. Fuentes consultadas el 25 de septiembre de 2026. Los valores y ejemplos corresponden a los supuestos indicados; confirma la vigencia, las condiciones de la relación y las novedades antes de tomar decisiones. Este artículo no sustituye asesoría jurídica, contable ni de seguridad social.
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Honorarios y aportes a terceros se discriminan en la cotización.