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INFORMACIÓN LABORAL · COLOMBIA

Decreto 1072 de 2015: guía completa para empleadores

Guía completa del Decreto 1072 para empleadores: trabajo por días, pensión, ARL, caja, PILA y obligaciones laborales.

Consulta de fuentes: 2026-09-25. Verifica cambios posteriores antes de aplicar.

Antes de aplicar un cálculo: confirma fechas, bases y condiciones de tu caso. Los ejemplos no son una cotización ni una liquidación real.

En esta guía
  1. ¿Por qué es importante para un empleador del hogar?
  2. Trabajo por días: no basta con trabajar pocos días
  3. La tabla de cotización semanal
  4. Varios empleadores no significa una sola obligación
  5. Decreto 1072 + Decreto 993 de 2026
  6. Qué debe revisar un empleador en la práctica
  7. Errores frecuentes
  8. Fuentes oficiales consultadas

El Decreto 1072 de 2015 es el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo. Para un empleador no es necesario memorizarlo completo, pero sí entender qué bloques pueden afectar su gestión diaria. En una misma norma se encuentran reglas sobre relaciones laborales, seguridad social, riesgos laborales, cajas de compensación y seguridad y salud en el trabajo. Además, el decreto ha recibido adiciones y modificaciones posteriores, por lo que siempre debe consultarse en una versión actualizada.

¿Por qué es importante para un empleador del hogar?

Una de las secciones más consultadas es la que regula a los trabajadores dependientes que laboran por periodos inferiores a un mes. Allí aparecen las reglas que permiten, bajo condiciones concretas, cotizar por semanas a pensión y caja de compensación cuando la persona trabaja por días y recibe menos de un salario mínimo mensual con ese empleador.

El decreto también establece que para la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales y al subsidio familiar, el empleador realiza la selección de la ARL y de la caja de compensación. Para pensión, la persona trabajadora mantiene su afiliación a una administradora y los empleadores deben realizar los aportes correspondientes.

Trabajo por días: no basta con trabajar pocos días

El esquema parcial no se activa únicamente porque alguien vaya a una casa uno, dos o tres días por semana. Debe verificarse el campo de aplicación: relación laboral, trabajo a tiempo parcial por periodos inferiores a 30 días dentro del mes y remuneración mensual inferior a un salario mínimo con ese empleador. Si esas condiciones cambian, debe revisarse también la forma de cotización.

La UGPP explica, además, que una persona trabajadora del servicio doméstico por días puede mantenerse en el régimen subsidiado de salud o como beneficiaria del régimen contributivo cuando cumple las condiciones aplicables; mientras tanto, el empleador realiza los aportes que correspondan a pensión, riesgos laborales y caja de compensación.

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La tabla de cotización semanal

Para pensión y caja, el Decreto 1072 utiliza cotizaciones mínimas semanales. La UGPP resume el esquema así: de 1 a 7 días, una cotización mínima semanal; de 8 a 14 días, dos; de 15 a 21 días, tres; y por más de 21 días, cuatro cotizaciones mínimas semanales. Esto no significa que ARL use la misma base: para riesgos laborales, el Decreto 1072 establece una base mínima de un salario mínimo mensual.

Varios empleadores no significa una sola obligación

Si una empleada doméstica trabaja en varias casas, cada empleador conserva su propia relación laboral y debe realizar las cotizaciones que le correspondan. No es correcto asumir que “otra familia ya la tiene afiliada” y que por eso no existe obligación. La afiliación y el pago deben revisarse por cada vínculo.

Decreto 1072 + Decreto 993 de 2026

En agosto de 2026 se expidió el Decreto 993, que adicionó reglas específicas sobre trabajo doméstico al Decreto 1072. Entre otros temas, desarrolla el contrato escrito, la jornada, descansos, seguridad social integral, seguridad y salud en el trabajo y mecanismos de inspección para el sector doméstico.

El Decreto 993 también recuerda que la formalización no se limita a PILA. Un empleador debe revisar contrato, salario, prestaciones, dotación, recargos, vacaciones y condiciones de seguridad.

Qué debe revisar un empleador en la práctica

Una revisión ordenada puede hacerse en seis pasos: 1) modalidad real de trabajo; 2) fecha de ingreso y contrato; 3) salario y días pactados; 4) afiliaciones existentes; 5) bases y novedades de PILA; y 6) prestaciones y soportes. Si un dato cambia, no debe repetirse automáticamente la misma planilla del mes anterior.

Errores frecuentes

Entre los errores más comunes están utilizar una versión antigua del decreto, citar “el Decreto 1072” sin identificar la regla concreta, cotizar ARL con la misma base semanal de pensión, omitir la revisión de salud y creer que pagar PILA reemplaza las prestaciones sociales.

Fuentes oficiales consultadas

  1. Decreto 1072 de 2015 — Gestor Normativo de Función Pública
  2. UGPP — ABC Empleados domésticos
  3. Decreto 993 de 2026 — Trabajo doméstico remunerado

Contenido educativo para Colombia. Fuentes revisadas el 25 de septiembre de 2026. Las normas, fechas operativas y condiciones individuales pueden cambiar; verifica la vigencia antes de tomar decisiones. Los ejemplos son ilustrativos y no sustituyen asesoría jurídica, contable o de seguridad social.

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